Apartado 6º de la Normativa oficial e internacional del Método Arcón
Obtención oficial de la Certificación de Perro de Búsqueda y Detección Homologado para Intervención en siniestros (Método Arcón). Las pruebas de homologación Método Arcón para intervenir en operaciones reales de localización y salvamento de supervivientes sepultados o extraviados, son las que más garantizan con sustancial diferencia, científica y técnico-operativamente argumentada, el potencial salvamento de vidas.
PRUEBAS OFICIALES RELATIVAS A LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO DE PERRO DE BÚSQUEDA Y DETECCIÓN HOMOLOGADO PARA INTERVENCIÓN (MÉTODO ARCÓN), en lo que respecta específicamente a Búsqueda y Detección de Supervivientes Sepultados (bajo escombros, tierra…).
Durante la última semana relativa al desarrollo del respectivo curso de especialización se efectuarán pruebas oficiales específicamente destinadas a la posible concesión del Certificado Homologado Método Arcón para Intervención (según cada especialidad, informándose que los niveles de rigurosidad y exigencia operativa serán en todos los casos, positivamente máximos y siempre rigurosamente acordes con las características inherentes a las futuras intervenciones reales. Desgraciadamente el hecho de no responder al citado nivel lógico de exigencia técnico-operativa, como sucede, por desgracia, con otros sistemas evaluatorios de homologación para intervención, independientemente de que los mismos estén autorizados, por instituciones privadas y/o gubernamentales, implicará que se esté legitimando legal y documentalmente, de forma sucesiva a perros, que en las intervenciones NO detectarían a las personas sepultadas aún con vida, a los explosivos, etc., aunque las emisiones de olor sí resultasen potencialmente factibles para el rango de percepción odorífera del olfato canino, con fatales consecuencias respecto al objetivo de llevar siempre a efecto las operaciones de preservación y salvamento de vidas en las diversas áreas, con la máxima efectividad posible y aplicación de las técnicas más avanzadas a tal efecto, en pro de la seguridad y protección de la ciudadanía, a la que se deben, con responsabilidad y honestidad, las instituciones oficiales competentes (Protección Civil, Seguridad y Gestión de Riesgos, Fuerzas Armadas, Cuerpos de Bomberos, Cuerpos de Policías…).
Se informa que la totalidad de Guías e Instructores homologados del Método Arcón, se rigen desde el principio por un único principio tan sólido como éticamente inflexible, el de INTERVENIER EN LAS OPERACIONES REALES DE BÚSQUEDA Y DETECCIÓN PARA LA PRESERVACIÓN Y EL SALVAMENTO DE VIDAS CON LA MÁXIMA EFECTIVIDAD Y GARANTÍA POSIBLES, consecuentemente nunca se aceptarán ni apoyarán, a ningún efecto, proceso evaluatorio de homologación alguno que no responda totalmente al citado principio esencial, como sin embargo sí es el caso del proceso evaluatorio de homologación oficial para intervención Método Arcón.
El Certificado de Perro de Búsqueda y Detección Homologado para Intervención ha de ser extendido exclusivamente por un Centro oficial de formación (Escuela especializada militar, de bomberos o policial) legalmente acreditado como Centro Internacional de Formación y Homologación Método Arcón CIFHMA, donde se podrán formar, evaluar y certificar homologadamente para intervención, exclusivamente en un Curso oficial de Especialización Método Arcón, y durante la última semana del mismo, considerando que las cuatro semanas que comprenden el mismo, implican obviamente un análisis global evaluatorio, extremadamente más riguroso, profundo y operativamente garantizado a todos los efectos, que unas simples pruebas evaluatorias únicas, aisladas y peligrosamente insuficientes respecto al nivel operativo a efectos de intervenciones reales, según especialidades, visiblemente adaptadas en los casos conocidos para factibilizar la posible superación de las mismas por los perros formados con el mero sistema tradicional (simple aplicación del condicionamiento operante) cuyo nivel de efectividad frente a las operaciones reales (y sus adversas características y circunstancias) se ha constatado durante décadas como extremadamente insuficiente, por desgracia.
El perro aspirante ha de ser miembro en activo e interviniente (integrante o pendiente de integrar respectiva Unidad Canina) de un Cuerpo de Bomberos, Cuerpo de Policía, Fuerzas Armadas u Organizaciones No Gubernamentales autorizadas en base a rigurosos criterios operativos, Instituciones oficiales competentes y/o relacionadas con una u otra especialidad.
Respecto a las Pruebas oficiales relativas a la obtención del Certificado Canino Homologado Método Arcón para intervención, puntualizar que cada perro, por sólidos motivos rigurosamente funcionales, racionales y operativos, ha de estar formado e intervenir específicamente en una sola especialidad.
Pruebas oficiales relativas a la obtención del Certificado Canino Homologado Método Arcón para intervención en siniestros (en lo que respecta específicamente a búsqueda y detección de personas sepultadas aún con vida)
En lo que respecta a las pruebas evaluatorias a efectos de conceder o no el certificado oficial a perros para intervención ante siniestros (búsqueda, detección y señalización de supervivientes sepultados), la Normativa oficial e internacional del Método Arcón, establece los siguientes parámetros con objeto de garantizar al máximo posible, y de una forma suficientemente sólida a nivel operativo, real y científico, como se ha constatado oficialmente, de forma ininterrumpida, tanto en rigurosos simulacros oficiales como en intervenciones reales, desde hace tres décadas (23 de octubre de 1994), la efectiva y máximamente garantizada detección y consecuente salvamento de supervivientes sepultados (no visibles ni audibles) frente a todo tipo de siniestros y circunstancias adversas potenciales: Y efectivamente desde 1999 se ha constatado a nivel internacional que la mayor efectividad con extremada diferencia en las operaciones de búsqueda y detección de personas aún con vida sepultadas tras terremotos, deslizamientos de tierras, etc.es la oficialmente demostrada (informes institucionales, documentos audiovisuales, etc.) por los perros formados y homologados para intervención en siniestros mediante Método Arcón, exactamente por tal motivo el organismo oficialmente competente de las Naciones Unidas ISDR otorgó, a nivel mundial, al creador del Método Arcón el Certificado de Distinción Sasakawa, entre otras múltiples Instituciones, a lo cual hay que añadir una realidad de incuestionable magnitud a considerar también, que es el único medio de búsqueda y detección, oficialmente avalado y galardonado científicamente, a todos los efectos.
Los equipos caninos oficialmente formados y homologados para intervención en siniestros mediante Método Arcón, están interviniendo con extraordinario éxito en desastres de numerosos países, desde enero de 1999, y lo que las respectivas Embajadas siempre requieren de forma previa a los mismos, para autorizar gubernamentalmente su intervención, son sus certificaciones de homologación para intervención mediante Método Arcón, porque la mayoría de las Instituciones son ya conscientes (especialmente respectivas agregadurías militares y policiales) de que ello implica la mayor garantía real, con especial diferencia, para la detección de supervivientes sepultados, frente a todo tipo de adversidades, frecuentemente inherentes a los diversos tipos de desastres.
- Superficie mínima de escombros o similar terroso a batir: 5.000 metros cuadrados
Se ha constatado reiteradamente que es la superficie mínimamente necesaria para verificar que los perros abordarán adecuadamente, las operaciones de batida, en lo que respecta a edificaciones colapsadas, o deslizamientos de tierra de gran envergadura, sean cuales sean las dimensiones y morfología de las mismas, en las intervenciones reales.
- Número de personas sepultadas: una o varias (una sola persona sepultada a la mayor distancia posible, implica lógicamente mayor dificultad para el perro, que dos o más, las cuales favorecen inevitablemente la captación odorífera inicial y sucesiva por el ejemplar debido a la reducción de distancia perceptiva, condicionada por la ubicación de sepultados (desde el más próximo al punto de suelta), y por la sucesiva aproximación secuencial odorífera respecto al punto/s de sepultamiento/s existente/s), debiendo ser el sepultamiento total, con máxima hermetización de la persona, perfecta mimetización externa del sepultamiento, la persona o personas a sepultarse, han de ser totalmente extrañas al perro, no portar reforzador alguno, estar en total silencio, y llevar puesta mascarilla respecto a boca y nariz con objeto de minimizar aún más, al máximo posible, la emisión de flujo espiratorio de la persona, considerando que en la casi totalidad de casos reales, la referida emisión es mínima ya sea por la profundidad del sepultamiento, estado de la persona, o escasa permeabilidad de los elementos sepultantes.
- Informándose respecto a los niveles de autonomía psíquica, motivación, concentración y consecuente rendimiento perceptivo olfativo del perro, cuando los niveles de los mismos no se encuentran optimizados durante las operaciones de búsqueda reales con sus inherentes elementos adversos (circunstancia que solo logran conferir las técnicas del internacionalmente galardonado y científicamente avalado avance científico Método Arcón), se ha constatado científica y técnico-operativamente de forma reiterada que la detección canina respecto a emisiones espiratorias humanas (o de cualquier otro elemento) con valores tan minimizados y afectados, resulta por desgracia científica y operativamente, imposible.
- Distancia mínima desde el punto de suelta del perro a la persona sepultada más próxima: 200 metros. (independientemente de que en la formación, el perro ha de tener un conjunto ilimitado de expectativas respecto a posibles ubicaciones del sepultado, desde la total proximidad al punto de suelta, hasta posibles distancias considerables respecto al mismo).
- El perro ha de detectar y señalizar el punto de la persona/s sepultada/s sin que exista visualización alguna del Guía (tanto a efectos de total oscuridad, como a la abrupta disposición de los escombros y/o tierra), debido a que son situaciones extremadamente frecuentes en las operaciones reales.
- El Guía en ningún momento deberá guiar o conducir al perro, garantizando así que no es direccionado fraudulentamente por la persona en momento alguno a puntos que la misma estime de cierta probabilidad, respecto al sepultamiento previamente efectuado, pues obviamente en las operaciones reales, nunca se sabe previamente en que punto se puede encontrar exactamente una posible persona sepultada aún con vida. No obstante siempre se tendrá el control de partida de la búsqueda mediante el punto de suelta, para batir las zonas con el perro que operativamente puedieran interesar prioritariamente.
- Tiempo máximo de batida para el perro: 5 minutos, a detectar y señalizar consecutivamente. Considerando que resulta vital localizar el punto de sepultamiento con la mayor rapidez posible, pues obviamente el hecho de que transcurran o no, simples segundos añadidos, puede determinar que se lleve a efecto el salvamento o por el contrario el fallecimiento, de la persona aún con vida sepultada.
- La zona a batir ha de contaminarse, inundarse discrecionalmente, con numerosos rastros y depósitos odoríferos humanos, con objeto de que en absoluto exista rastro individual e indebidamente direccionador, hacia el punto del sepultamiento.
- Existirán además con carácter imprescindible, elementos adversos y distractores, durante la operación de búsqueda del perro, de tipo auditivo (por ejemplo sonido continuo de sirenas) y visuales (por ejemplo existencia de personas en movimiento extraño y extremo por el área perimetral de seguridad).